Negocios Exentos considerados Pequeños y Medianos Empresarios (Nueva PyME) / Negocios / Negocios Exentos localizados en las islas municipios Vieques y Culebra, Puerto Rico:
Primeros cinco (5) años del decreto:
Folleto informativo: Código de Incentivos de Puerto Rico
Puerto Rico Incentives Code Brochure-Act 60
Los requisitos de elegibilidad bajo los distintos programas de incentivos contenidos en la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, conocida como el “Código de Incentivos de Puerto Rico”, aplicables a Individuos o personas jurídicas, se encuentran en el Subtítulo B de dicha ley y en su Sección 6070.55.
El Código de Incentivos se divide en diversos Subtítulos que se segmentan en distintos Capítulos. A continuación, se resaltan los diversos programas de incentivos contenidos en el Subtítulo B del Código de Incentivos:
Folleto informativo: Código de Incentivos de Puerto Rico
Puerto Rico Incentives Code Brochure-Act 60
La Oficina de Incentivos atiende, entre otros, los siguientes programas de incentivos contenidos en la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, conocida como el “Código de Incentivos de Puerto Rico”:
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Elegibilidad:
Beneficios:
Solicita: https://incentives.ddec.pr.gov
Atención: En este website puede realizar sus Solicitudes de Incentivos utilizando la misma cuenta y contraseña que usa en el website del Single Business Portal (SBP).
Para Solicitudes de Permisos, favor ingresar al website del SBP.
Para acceder a la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, puede hacer clic aquí.
Para acceder al Reglamento Ley Núm. 60-2019, según enmendada, puede hacer clic aquí.
La Oficina de Incentivos para Negocios en Puerto Rico es el ente gubernamental encargado de tramitar, evaluar, procesar y fiscalizar las solicitudes de concesión de incentivos, los decretos otorgados y las solicitudes de enmiendas a los mismos, entre otros asuntos relacionados a la concesión de incentivos bajo la Ley Núm. 60-2019, según enmendada. La Sección 6011.01 de la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, conocida como el “Código de Incentivos de Puerto Rico”, crea la Oficina de Incentivos para Negocios en Puerto Rico (“Oficina de Incentivos”), adscrita al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio. La Oficina de Incentivos es el ente sucesor de la antigua Oficina de Exención Contributiva Industrial.
La Oficina de Incentivos administra múltiples leyes de incentivos previas, tales como:
Correo Electrónico: applications@ddec.pr.gov
Teléfono: (787) 764-6363
El emprendimiento y la capacidad innovadora es la fuerza motriz que contribuye al desarrollo económico de Puerto Rico, toda vez que promueve la creación de empresas o proyectos que crean empleos y actividad económica. El Programa de Comercio y Exportación (PCE), adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), se basa en los pilares básicos de innovación, capacitación, tecnología y exportación para proveer programas e incentivos que impulsen el desarrollo de las empresas locales y facilitar la exportación de sus productos y servicios.
· El PCE ofrece toda una gama de recursos, talleres, oportunidades e incentivos para que las empresas locales puedan emprender, innovar y exportar sus productos y servicios, para contribuir a su desarrollo y crecimiento. También ofrece subvenciones con fondos federales que tienen como propósito fomentar la continuidad de los negocios y aumentar la cantidad de empresas local es exportadoras.
Se ofrecerán talleres de capacitación empresarial a nuestras pequeñas y medianas empresas, enfocados en desarrollo, fortalecimiento y expansión local e internacional. Algunos de los talleres serán de manera presencial y virtual, desde los Centros de Emprendimiento.
Pendiente a las redes sociales del Departamento para las próximas actividades educativas.
Están diseñados para que desarrolles y expandas tu negocio. Este espacio colaborativo integra espacios de cotrabajo con servicios de capacitación, incentivos, programas de apoyo y colaboradores, en un mismo lugar. Contarán con un variado calendario de talleres dirigidos a ofrecer capacitación empresarial que promueva la recuperación y crecimiento de las empresas.
Los Centros de Emprendimiento y sus actividades son subvencionadas por la Economic Development Administration (EDA 01-79-14798-01). Los servicios se ofrecen desde los Centros localizados en San Juan, Ponce y Mayagüez. La capacidad es limitada. Puedes separar tu espacio a través del siguiente correo electrónico: premprende@ddec.pr.gov; o registrándote en el siguiente formulario:
Para información del Centro de Emprendimiento, escriba a kayla.barrios@ddec.pr.gov.
Esta Certificación PYMES para hacer Negocios con el Gobierno le brinda la oportunidad a las PyMEs de tener una participación más activa en el mercado de compras del Gobierno de Puerto Rico.
Las empresas interesadas en participar en el Programa de Reservas de Compras del Gobierno deberán estar certificadas por el PCE como PyME y deberán formar parte del Registro Único de Licitadores (RUL) de la Administración de Servicios Generales.
La Ley 62 de Apoyo a la Microempresa y al Pequeño y Mediano Comerciante tiene el propósito de promulgar el bienestar y crecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (PyMEs) en Puerto Rico.
Requisitos:
Documentos para Solicitar:
Impulso PyMEs es un programa dirigido a pequeñas y medianas empresas (PyMEs) para que empresarios puedan beneficiarse de un incentivo económico enfocado en fortalecer las operaciones de sus negocios, incrementar las ventas y propiciar la generación y retención de empleos. Impulso Pymes se divide en dos categorías:
Es una iniciativa en alianza con la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Mayagüez, que busca empoderar a empresarios locales a forjar una visión emprendedora que le permita generar nuevas ideas que propicien proyectos de negocio con alto potencial de expansión y desarrollo. Podrán participar 100 futuros empresarios, quienes tendrán acceso al Programa de Capacitación Empresarial. Se seleccionarán los 30 mejores proyectos empresariales para recibir asesoría estratégica y apoyo para obtener capital o incentivos para su negocio. Esta iniciativa se realiza a través de una Convocatoria.
El programa de Cadenas Voluntarias (CV) es una herramienta que da a las empresas locales la oportunidad de competir con las grandes tiendas, ya que pueden compartir recursos e inventario juntos y obtener mejores precios de sus suplidores.
La Cadena Voluntaria es un grupo de negocios independientes que operan bajo una marca o nombre, los cuales se unen con el propósito de realizar un mercado común y fortalecer su competitividad, donde cada participante continúa siendo dueño de su propio negocio.
Deben ser avaladas por el Programa de Comercio y Exportación, y por la Oficina de Asuntos Monopolísticos del Departamento de Justicia, para certificar que la Cadena Voluntaria cumple con los requisitos de la Ley Núm. 256 del 15 de agosto de 1999.
Beneficios:
Requisitos:
Documentos importantes al solicitar Unidad:
Documentos importantes al solicitar Cadena Voluntaria
Este programa ofrece la oportunidad de obtener el capital que necesitan las PyMEs y start-ups, hasta un máximo de $200,000, para iniciar o escalar sus operaciones, con miras a la comercialización y exportación de sus innovaciones.
¿Quién puede solicitar?
Para participar en esta iniciativa, el PCE certificará a empresas locales como suplidoras de barcos cruceros, con el fin de fomentar la adquisición de provisiones y servicios; y de esta forma incentivar la economía puertorriqueña. Será elegible para el Certificado toda empresa que cumpla con los siguientes criterios:
Añadir información del siguiente enlace:https://www.ddec.pr.gov/certificacion-como-suplidor-local-para-barcos-cruceros
Dentro del Programa de Comercio y Exportación, Promoexport es la división responsable de implantar las estrategias para promover las exportaciones de los productos y servicios, identificando las oportunidades de negocios en los mercados internacionales.
Ofrece una serie de servicios especializados que facilitan la expansión de la pequeña y mediana empresa en los mercados internacionales. Esto incluye servicios de mercadeo de exportaciones, servicios de apoyo en el comercio internacional y servicios de inteligencia comercial. Estos servicios han sido diseñados para atender las necesidades de mercadeo y asistencia técnica para la exportación.
Empresas con gestión interna o subcontratada en sectores estratégicos tales como, pero sin limitarse a: manufactura avanzada, aeroespacial, bioeconomía (farmacéuticas, biotecnología y dispositivos médicos), ciencias ambientales, energía y tecnología, cuyos negocios van dirigidos a fungir como suplidor crítico, sustituir importaciones o exportar bienes o servicios.
La empresa debe demostrar que está incurriendo en gastos de actividades de investigación y desarrollo que resulta en cambios a productos, servicios o proceso que mejoran el desempeño y el valor comercial de los mismos. Empresa establecida en Puerto Rico y que mantenga operaciones en Puerto Rico.
Empresas con ventas brutas menores de $3,000,000 que invierten en innovación basada en ciencia y tecnología como parte de su modelo de negocio. Todo peticionario de menos de 3 años de operaciones debe haber pasado por un proceso de formación o tener experiencia empresarial previa. Para más información, comunícate con nosotros a pymesinnovadoras@ddec.pr.gov.
Incentivo Especial para Transporte al Exterior
El Incentivo Especial de Transporte al Exterior tiene el propósito de estimular el crecimiento de las exportaciones de las empresas locales. Provee un reembolso de 20% de los gastos de transporte de productos, ya sea por medio marítimo o aéreo hacia el exterior, hasta unos $2,000 por envío. La cantidad máxima que se puede otorgar por empresa es de $50,000. El contrato de incentivo tiene una duración de un año y se puede solicitar únicamente en tres ocasiones.
Las empresas interesadas en solicitarlo deben:
Estar activamente exportando al momento de presentar la solicitud.
Tener ventas anuales que no excedan de $10 millones.
No tener deudas con las agencias de gobierno que se encuentran enumeradas en la propuesta.
Incentivo Especial para Actividades de Mercadeo
El Incentivo Especial para Actividades de Mercadeo tiene el propósito de estimular el mercadeo de productos y servicios de empresas locales. Esta iniciativa ofrece un reembolso de hasta 50% de los gastos incurridos para esos fines. Hasta un máximo de $50,000 en estrategias de mercadeo en el exterior.
Este programa busca promover la exportación de los productos y servicios de las empresas locales con el propósito de que se convierta en una actividad continua y permanente, que contribuya al desarrollo económico de Puerto Rico.
Puerto Rico Exporta consta de 4 fases:
Además, bajo Puerto Rico Exporta se ofrece orientación y asesoría en servicios de inteligencia comercial e informes de oportunidades comerciales entre Puerto Rico y otros mercados en Estados Unidos, Latinoamérica y Europa.
Since 2011, the Department of Economic Development and Commerce (DEDC) has been able to provide a greater offer of products, services, and events to help local companies to expand overseas. This has been possible thanks to the State Trade Expansion Program Grant received from the U.S. Small Business Administration (SBA).
The PR-STEP Program is directed to assist local companies that comply with the following requirements:
Download and complete the following documents:
APPLICATION FOR PARTICIPATION IN PR-STEP EVENTS OR PROGRAMS (ARCHIVO PDF)
EXPORT READINESS QUESTIONNAIRE (ARCHIVO PDF)
SBA SELF REPRESENTATION FORM (ARCHIVO PDF)
For companies seeking to participate in any of the previously mentioned events, please contact Leonyl Ortiz STEP Grant Manager at leonyl.ortiz@ddec.pr.gov.
For more information, please call 787-758-4747, exts. 5511, 5502, 5510, 5513, 5500, 5118, 5507 & 5512.
El Programa de Desarrollo Artesanal del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio tiene la responsabilidad de proveer ayuda a la clase artesanal puertorriqueña. Este Programa tiene la responsabilidad de promover la economía artesanal, ofrecer auspicios e incentivos (no contributivos), certificar a artesanos, ofrecer capacitación y facilitar la prestación de servicios y mercadeo.
Provee a los artesanos ayuda técnica para la administración de sus talleres y la concesión de ayuda económica para su funcionamiento; y para la promoción, mercadeo, distribución y venta de los productos artesanales. Organiza Centros donde los artesanos pueden producir, exhibir y distribuir artesanías puertorriqueñas, así como fomentar la labor artística en y fuera de Puerto Rico.
El Programa tiene la responsabilidad de realizar la identificación del producto artesanal, según la Ley Núm. 166-195, según enmendada, y el Reglamento que regula el proceso. A través de este proceso, se certifica al proponente como artesano y se le entrega una identificación de artesano bona fide adscrito al Registro de Artesanos de Puerto Rico, manejado por el Programa. Esta identificación se renueva cada cinco años.
Mediante este programa, maestros artesanos ofrecen talleres en diferentes Escuelas-Talleres. Comparten sus conocimientos y adiestran a ciudadanos que deseen formarse como artesanos aprendices. Una vez terminado el curso, el aprendiz podrá ser certificado como artesano bajo el Programa de Desarrollo Artesanal.
Los cursos de las Escuelas Taller se ofrecen dos veces al año en los municipios de Ponce, Canóvanas y Guaynabo.
El Programa de Desarrollo Artesanal ha establecido tres (3) escuelas talleres con el objetivo de rescatar y preservar las artes tradicionales. Estos talleres sirven de plataforma para que reconocidos maestros artesanos puedan transmitir sus conocimientos a aprendices interesados en continuar difundiendo la elaboración artesanal como una muestra de nuestra cultura y tradición.
Se ofrecen una variedad de cursos semestrales de:
Cada taller se compone de doce (12) clases donde el participante tendrá la oportunidad de poner en práctica las técnicas aprendidas, bajo la supervisión del maestro artesano. Al finalizar, los participantes podrán ser certificados como artesanos.
Para conocer sobre nuestras actividades y el Calendario de Talleres de las Escuelas-Taller manténgase al tanto en nuestras redes sociales.
El auspicio otorgado (vía reembolso) bajo el Programa de Desarrollo Artesanal será utilizado para:
Elegibilidad
El solicitante (artesano o artesana, entidad o coordinadores de actividades) deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Maquinaria, herramientas, equipo, materia prima (hasta un máximo de $1,000)
Mejoras al taller de trabajo (hasta un máximo de $2,000)
Esta renovación se lleva a cabo mediante cita en el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio en San Juan, en la Oficina Satelite en el primer nivel de Plaza del Caribe en Ponce y en los municipios, mediante coordinación.
Documentos:
El mundo entero a tu alcance… Puerto Rico ha representado más de 20 países y ciudades diferentes alrededor del mundo. Hemos sido Cuba, Brasil, Bolivia, Qatar, Costa Rica, Vietnam, Miami, África, Los Ángeles, Dubái, Mumbai, Irak, Kuwait, Bahamas, Colombia, Chile, Hawái, Nuevo México, Granada, El Bronx (NYC) y más.
SOBRE NOSOTROS
Puerto Rico ofrece todos los beneficios y protecciones disponibles en Estados Unidos, incluyendo la aplicabilidad de sus leyes laborales, de seguridad y de salario mínimo, sus protecciones bancarias y de propiedad intelectual y el dólar americano. No se requiere pasaporte a ciudadanos americanos para viajar a Puerto Rico. Los ciudadanos extranjeros estarán sujetos a los mismos requisitos de inmigración impuestos por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos.
Con una ubicación central en el corazón del Caribe, con aproximadamente 3,500 millas cuadradas de terreno, incluidas varias islas periféricas, y más de 500 años de historia en la encrucijada de las culturas europea y americana. Puerto Rico ofrece una diversidad de recursos geográficos y localidades a pocas horas de viaje entre sí, incluyendo 350 millas de costa, llanuras, montañas, selvas, bosques secos, ríos, lagos y cascadas, y una arquitectura colonial, urbana y moderna.
Puerto Rico se encuentra en la zona de clima tropical. Con poca variación entre las estaciones, el clima es lo más perfecto posible, con un promedio de 83° F (22.7° C) en el invierno y 85° F (22.4° C) en el verano. En otras palabras, ¡siempre es verano! Debido a la topografía de la isla, tanto la temperatura como las precipitaciones varían mucho, según el lugar donde se encuentre. Para obtener un resumen de la temperatura promedio y las precipitaciones en el norte, sur, este y oeste de Puerto Rico, consulte nuestro sitio web.
La temporada de huracanes en el Atlántico se extiende desde el 1 de junio hasta el 30 de noviembre. Todas las producciones que filmen o planifiquen filmar en el Atlántico durante la temporada de huracanes, deben tomar las precauciones necesarias y tener en cuenta las advertencias federales, estatales y locales relacionadas con la actividad de huracanes. El Programa para el Desarrollo de la Industria Cinematográfica de Puerto Rico ofrece cobertura de seguro contra huracanes para proyectos cinematográficos elegibles, a través de su Programa de Seguro contra Huracanes.
Según el programa, los proyectos cinematográficos seleccionados recibirán pólizas de seguro de una aseguradora con calificación A+, que indemnizará a las productoras por los gastos adicionales incurridos como resultado directo de lesiones corporales, daños a la propiedad o retrasos debido a las condiciones de fuerza de un huracán. Estas pólizas reemplazan directamente las exclusiones estándar de cobertura por huracanes que se encuentran en todos los paquetes de entretenimiento de seguros de producción de las principales compañías durante la temporada de huracanes en el Atlántico. Para obtener más información sobre la cobertura y sobre cómo solicitar, comuníquese con el Programa para el Desarrollo de la Industria Cinematográfica de Puerto Rico, escribiendo a prfilmcommision@ddec.pr.gov.
Puerto Rico es el destino más emocionante para sus próximos proyectos cinematográficos. Aproveche todo lo que tenemos para ofrecerle. Nuestro Programa de Desarrollo de la Industria Cinematográfica puede ayudarte con los siguientes servicios:
El Gobierno de Puerto Rico asignó $74 millones provenientes del American Rescue Plan Act al Programa de Desarrollo de la Industria Cinematográfica para aumentar las oportunidades de negocios en Puerto Rico, como destino cinematográfico. A través de estos fondos, el programa podrá maximizar y optimizar su impacto en la promoción y atracción de proyectos cinematográficos en la isla.
Los interesados en solicitar podrán acceder a las Guías del Programa para conocer los requisitos y especificaciones necesarias para cualificar.
Folleto informativo: Código de Incentivos de Puerto Rico
Puerto Rico Incentives Code Brochure-Act 60
Proceso de solicitud del decreto del impuesto cinematográfico
1. Presentar su solicitud a través de nuestro portal en línea en https://incentives.ddec.pr.gov antes de finalizar fotografía principal con los documentos correspondientes requeridos en la solicitud para que el Programa de Desarrollo de la Industria Cinematográfica evalúe su proyecto. *Tenga en cuenta que Google Chrome es el mejor navegador de Internet para nuestro programa de solicitud en línea.
2. Previa aprobación, la Secretaría del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) expedirá al proyecto cinematográfico un Decreto de Créditos Fiscales. Para que el Decreto entre en vigor, se requiere que el solicitante pague un derecho de llenado obligatorio equivalente al 1% de los gastos de producción de Puerto Rico, hasta una tasa máxima de doscientos cincuenta mil dólares ($250,000.00).
3. El primer pago de 50% de la tasa de radicación deberá presentarse ante la Secretaría del DDEC dentro de los 30 (treinta) días hábiles, contados a partir de la fecha de emisión del Decreto. El 50% de la tasa de radicación debe presentarse con una declaración jurada debidamente notariada aceptando el Decreto. La falta de presentación del comprobante de pago y aceptación del Decreto se considerará como una revocación del Decreto y se perderán los créditos fiscales reservados.
4. Los proyectos fílmicos con Decreto, deberán cumplir con lo siguiente:
5. Luego del pago y aceptación del Decreto, el solicitante deberá iniciar la fotografía principal dentro de los 120 (ciento veinte) días siguientes a la emisión del Decreto. Este término podrá ser prorrogado con prueba de causa razonable.
6. Luego de la finalización del proyecto fílmico, se le debe presentar un informe de auditoría por parte de un contador público certificado de Puerto Rico al Secretario de DDEC noventa (90) días después de la finalización para los proyectos fílmicos que no estén en posproducción en Puerto Rico. Este periodo de noventa (90) días puede extenderse por causa razonable con la aprobación del Secretario o representante del DDEC. Antes de la presentación del informe de auditoría, el proyecto fílmico deberá presentar evidencia del pago de la tasa de relleno restante. El informe de auditoría y el auditor deben cumplir con los procedimientos acordados establecidos por el Secretario del DDEC.
7. El Secretario del DDEC evaluará el informe y podrá solicitar cualquier información necesaria para propósitos de determinar si el informe de auditoría cumple con el código, reglamento, órdenes administrativas, cartas circulares o procedimientos convenidos emitidos por el Gobierno de Puerto Rico o cualquiera de sus agencias y representantes.
8. Dentro de los treinta (30) días o menos de recibidos los informes de auditoría, el Secretario del DDEC emitirá una Certificación de Créditos Contributivos con base en la certificación de gastos provista en el informe de auditoría sujeta al monto máximo de créditos contributivos establecido en el Decreto. Este período de treinta (30) días podrá interrumpirse si el Secretario del DDEC le solicita información adicional al auditor.
El Programa de Política Pública Energética (PPPE) del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio se encarga de desarrollar y promulgar la política pública energética del Gobierno de Puerto Rico, en virtud de la Ley Núm. 141 del 11 de julio de 2018, también conocida como Ley de Ejecución del Plan de Reorganización del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, de 2018.
Entre sus múltiples funciones, se encarga de administrar y operar distintos programas federales, entre ellos, el Programa de Climatización de Hogares (WAP, por sus siglas en inglés), el Programa Estatal de Energía (SEP, por sus siglas en inglés) y el Programa Estatal del Fondo de Energía Verde, con el propósito principal de fomentar la eficiencia energética e introducir las energías renovables a la red eléctrica de Puerto Rico. En virtud de la Ley 17-2019, se persigue mitigar la dependencia de Puerto Rico en las plantas centralizadas de combustibles fósiles y optimizar los recursos energéticos disponibles que permitan construir resiliencia y, en última instancia, facilitar que la Isla pueda obtener el 100% de su energía de fuentes renovables para el 2050.
Base Legal
En el 2021, el Gobierno de Puerto Rico asignó veinte millones de dólares ($20,000,000) provenientes del American Rescue Plan Act (ARPA), para poner en vigor el programa Apoyo Energético. Para el mismo se les asignó hasta un máximo de veinticinco mil dólares ($25,000) a pequeños y medianos comerciantes, conocidos como PyMEs, que cualificaron para instalarles sistemas de energía verde en sus negocios, lo que les ayudaría a estabilizar su funcionamiento, y a reducir costos y el consumo energético a largo plazo. Estas instalaciones fueron realizadas por suplidores con compañías de energía renovable, que también son empresas PyMEs.
El Programa de Energía (PE) del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) recibió las solicitudes de los comerciantes que cualificaron para obtener el incentivo. En total se recibieron mil seiscientas setenta (1,670) solicitudes de las cuales mil trescientas treinta y nueve (1,339) fueron elegibles y de estos, ochosientos ochenta y ocho (888) solicitudes fueron agraciadas con el incentivo. El objetivo principal es ayudar en la transición de las empresas puertorriqueñas hacia una energía más limpia y eficiente, integrando sistemas de energía renovable, bajando sus costos operacionales y haciéndolas más competitivas mediante mejoras de eficiencia energética e infraestructura para vehículos eléctricos.
El incentivo provisto debe ser funcional y ajustarse a las necesidades de los consumidores. Apoyo Energético es parte de los esfuerzos realizados para transformar la energía a una más confiable y resiliente, y adelantar la política pública establecida en la Ley Núm. 17 del 2019, promoviendo el uso de fuentes de energía renovable.
Actividades Elegibles para el Uso del Incentivo:
Próximamente, se estará anunciando una segunda ventana de fondos de Apoyo Energético, donde nuevamente serán incentivadas pequeñas y medianas empresas (PyMEs), a través de fondos provenientes del Departamento de la Vivienda de Puerto Rico y CDBG-MIT.
Para más detalles de este incentivo, accede a www.refuerzoeconomico.com para obtener la información más reciente sobre esta oportunidad.
La Ley 4 del 16 de febrero de 2016 en su artículo 15 y el comunicado técnico 16-03, establecen que, para cada solicitud de alumbrado público nuevo o sustitución de alumbrado público existente, el PE debe endosar la solicitud tomando en consideración la razonabilidad de eficiencia de la nueva luminaria. Esto, con el propósito de lograr mejores ahorros energéticos al menor costo razonable.
PE emitirá endoso a luminarias, según su razonabilidad y los criterios de eficiencia de los equipos a instalarse.
Para más información y/o para solicitar, puede comunicarse a energia@ddec.pr.gov por correo electrónico.
La Ley 101 del 9 de julio de 1985, según enmendada, faculta al Programa de Política Pública Energética conceder una certificación para un crédito de hasta un máximo de once por ciento (11%) en la facturación mensual de consumo de energía de todo hotel, condo-hotel, parador, pequeñas hospederías o casas de huéspedes cualificadas por la Compañía de Turismo.
Para más información y/o para solicitar, puede comunicarse a energia@ddec.pr.gov por correo electrónico.
La aprobación del curso estará sujeta a la aprobación satisfactoria de un examen comprensivo que cubra los temas mencionados.
Cada examen tiene que ser guardado por la entidad jurídica que lo ofrece por un periodo no menor de un (1) año. El Programa de Política Pública Energética (PPPE) se reserva el derecho de inspeccionar estos exámenes.
Para más información y/o para solicitar, puede comunicarse a energia@ddec.pr.gov por correo electrónico.
Si el curso fue ofrecido o convalidado por el colegio profesional del solicitante como curso de educación continua, deberá proveer la información necesaria para demostrar que el curso cumple con las características esbozadas en el Artículo 14 (A)(2) del Reglamento Núm. 7796 (Reglamento para la Certificación de Instalador de Sistema de Energía Renovable Solar (Fotovoltaico).
La aprobación del curso estará sujeta a la aprobación satisfactoria de un examen comprensivo que cubra los temas mencionados.
Cada examen tiene que ser guardado por la entidad que lo ofrece por un periodo no menor de un (1) año.
Para más información y/o para solicitar, puede comunicarse a energia@ddec.pr.gov por correo electrónico.
El State Energy Program fue creado por el U.S. Department of Energy (DOE) a principios de la década del 1970, para facilitar la implementación de programas estatales con medidas de eficiencia energética y energía renovable.
El propósito del SEP es promover el uso eficiente de la energía y reducir el consumo y demanda de energía, a través del desarrollo e implementación de programas que apoyen la Política Pública Energética de Puerto Rico.
A través del SEP, el Programa de Energía del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio ha continuado sus esfuerzos dirigidos a, pero sin limitarse a, las siguientes iniciativas:
En el año 1976, el U.S. Department of Energy (DOE) creó el Programa de Climatización de Hogares (WAP, por sus siglas en inglés), para asistir a familias de bajos ingresos que carecen de recursos para invertir en eficiencia energética. En el año 2009, Puerto Rico fue incluido por primera vez en el WAP.
Son elegibles para climatización las unidades de vivienda que cumplen por lo menos con uno (1) de los siguientes requisitos de elegibilidad:
Ingresos – Se consideran elegibles las unidades de vivienda ocupadas por familias o individuos con ingreso igual o menor al doscientos por ciento (200%) del nivel de pobreza.
Ayudas – Se consideran elegibles las ayudas de vivienda ocupadas por uno (1) o más individuos que hayan participado en alguno de los siguientes programas de asistencia económica durante los pasados doce (12) meses:
El candidato solicita al Programa, llamando a un Centro de Llamadas en las fechas establecidas en los Avisos Públicos del DDEC.
La Ley 4 del 16 de febrero de 2016 en su artículo 15 y el comunicado técnico 16-03, establecen que, para cada solicitud de alumbrado público nuevo o sustitución de alumbrado público existente, el PE debe endosar la solicitud tomando en consideración la razonabilidad de eficiencia de la nueva luminaria. Esto, con el propósito de lograr mejores ahorros energéticos al menor costo razonable.
PE emitirá endoso a luminarias, según su razonabilidad y los criterios de eficiencia de los equipos a instalarse.
Para más información y/o para solicitar, puede comunicarse a energia@ddec.pr.gov por correo electrónico.
La Ley 101 del 9 de julio de 1985, según enmendada, faculta al Programa de Política Pública Energética conceder una certificación para un crédito de hasta un máximo de once por ciento (11%) en la facturación mensual de consumo de energía de todo hotel, condo-hotel, parador, pequeñas hospederías o casas de huéspedes cualificadas por la Compañía de Turismo.
Para más información y/o para solicitar, puede comunicarse a energia@ddec.pr.gov por correo electrónico.
La aprobación del curso estará sujeta a la aprobación satisfactoria de un examen comprensivo que cubra los temas mencionados.
Cada examen tiene que ser guardado por la entidad jurídica que lo ofrece por un periodo no menor de un (1) año. El Programa de Política Pública Energética (PPPE) se reserva el derecho de inspeccionar estos exámenes.
Para más información y/o para solicitar, puede comunicarse a energia@ddec.pr.gov por correo electrónico.
Si el curso fue ofrecido o convalidado por el colegio profesional del solicitante como curso de educación continua, deberá proveer la información necesaria para demostrar que el curso cumple con las características esbozadas en el Artículo 14 (A)(2) del Reglamento Núm. 7796 (Reglamento para la Certificación de Instalador de Sistema de Energía Renovable Solar (Fotovoltaico).
La aprobación del curso estará sujeta a la aprobación satisfactoria de un examen comprensivo que cubra los temas mencionados.
Cada examen tiene que ser guardado por la entidad que lo ofrece por un periodo no menor de un (1) año.
Para más información y/o para solicitar, puede comunicarse a energia@ddec.pr.gov por correo electrónico.
Según las disposiciones de la Sección 102(b)(1)(B) de la Ley de Oportunidades e Innovación de la Fuerza Laboral (WIOA, en inglés), el/la Gobernador(a) de cada estado o territorio debe presentar un Plan Estatal Unificado o Combinado al Departamento de Trabajo de los EE. UU., estrategia anual para el sistema de desarrollo de la fuerza laboral del estado. Los planes estatales de WIOA brindan información valiosa sobre las diversas inversiones, programas e iniciativas en curso para servir a nuestros solicitantes de empleo, estudiantes y empresas en toda la Isla.
El Programa de Jóvenes bajo la ley WIOA, asiste al joven elegible fuera y dentro de la escuela, con una o más barreras, a alcanzar el éxito académico y de empleo. Para participar del programa los jóvenes tienen que estar entre las edades de 14 a 24 años. WIOA propone una amplia gama de servicios de alta calidad, incluida la exploración y orientación profesional, el apoyo continuo para los logros educativos académicos, vocacionales, experiencia laboral, práctica, pasantías y la capacitación en industrias y ocupaciones en demanda. El objetivo del programa es que los jóvenes ingresen en la educación postsecundaria, un aprendizaje registrado o un empleo, a lo largo de un trayecto profesional (career pathway).
TUTORÍA, ADIESTRAMIENTO EN DESTREZAS DE ESTUDIO, INSTRUCCIÓN Y PREVENCIÓN DE DESERCIÓN (20 CFR 681.400, 681.460(a)
SERVICIOS DE ESCUELA SECUNDARIA ALTERNA Y RECUPERACIÓN DESERCIÓN ESCOLAR (20 CFR 681.400, 681.460(a)
EXPERIENCIA LABORAL CON PAGA O SIN PAGA (20 CFR 681.600)
ADIESTRAMIENTO EN DESTREZAS OCUPACIONALES (20 CFR 681.540)
EDUCACIÓN OFRECIDA CONCURRENTEMENTE CON ACTIVIDADES DE PREPARACIÓN DE LA FUERZA LABORAL (20 CFR 681.630)
OPORTUNIDADES DE DESARROLLO DE LIDERAZGO (20 CFR 681.520, §681.530)
SERVICIOS DE APOYO (20 CFR 681.570)
MENTORĺA DE ADULTOS (20 CFR 681.490)
SERVICIOS DE SEGUIMIENTO (20 CFR 681.580)
CONSEJERÍA Y GUÍA COMPRENSIVA (20 CFR 681.510)
EDUCACIÓN EN ALFABETIZACIÓN FINANCIERA (20 CFR 681.500)
ADIESTRAMIENTO EN DESTREZAS EMPRESARIALES (20 CFR 681.560)
SERVICIOS QUE OFRECEN INFORMACIÓN SOBRE EL MERCADO LABORAL (20 681.460(a) (13))
ACTIVIDADES DE PREPARACIÓN Y TRANSICIÓN A LA EDUCACIÓN POSTSECUNDARIA (20 CFR 681.460(a)
La ley prohíbe que este recipiente de asistencia financiera federal discrimine por los siguientes motivos: contra cualquier individuo en los Estados Unidos por su raza, color, religión, sexo (incluyendo el embarazo, el parto y las condiciones médicas relacionadas, y los estereotipos sexuales, el estatus transgénero y la identidad de género), origen nacional (incluyendo el dominio limitado del inglés), edad, discapacidad, afiliación o creencia política, o contra cualquier beneficiario, solicitante de trabajo o participante en programas de capacitación que reciben apoyo financiero bajo el Título I de la ley de Innovación y Oportunidad en la Fuerza Laboral (WIOA, por sus siglas en inglés), debido a su ciudadanía, o por su participación en un programa o actividad que recibe asistencia financiera bajo el Título I de WIOA.
El recipiente no deberá discriminar en las siguientes áreas:
Los recipientes de asistencia financiera federal deben tomar medidas razonables para garantizar que las comunicaciones con las personas con discapacidades sean tan efectivas como las comunicaciones con los demás. Esto significa que, a petición y sin costo alguno para el individuo, los recipientes están obligados a proporcionar ayuda auxiliar y servicios para individuos cualificados con discapacidades.
Qué debe hacer si cree que ha sido discriminado
Si usted piensa que ha sido discriminado en un programa o actividad que recibe apoyo financiero bajo el Título I de WIOA, usted puede presentar una queja no más de 180 días después de la fecha en que ocurrió la presunta violación, ya sea con:
Hon. Manuel Cidre Miranda
Mrs. Naomi Barry-Pérez
Si usted presenta una queja con el recipiente, usted debe esperar hasta que el recipiente emita una decisión final escrita o que pasen por lo menos 90 días (lo que ocurra primero), antes de presentar una queja con el Centro de Derechos Civiles (CRC, por sus siglas en inglés) a la dirección mencionada previamente.
Si el recipiente no le entrega una decisión final escrita dentro de 90 días después de la fecha en que presento su queja, usted puede presentar su queja con el CRC antes que reciba la decisión final. Sin embargo, es necesario presentar su queja con el CRC dentro de 30 días después de la fecha límite de 90 días (en otras palabras, dentro de 120 días después de la fecha en presento la queja con el recipiente).
Si el recipiente emite una decisión final escrita, pero usted no está satisfecho con él resultado o resolución, usted puede presentar una queja con el CRC. Usted debe presentar su queja con el CRC dentro de 30 días después que reciba la decisión final escrita.
1 Recipiente se define como entidad que recibe asistencia financiera federal bajo el Título I de la Ley de Oportunidades y de Innovación en la Fuerza Laboral (WIOA), ya sea directamente del Departamento del Trabajo federal, a través del Gobernador o a través de otro recipiente, (incluyendo cualquier sucesor, beneficiarios o cesionario del recipiente) El término excluye a los últimos beneficiarios de los programas y actividades financiados por la Ley de Oportunidades y de Innovación en la Fuerza Laboral. En circunstancias en que el Gobernador opera un programa o actividad, ya sea directamente o a través de una agencia estatal utilizando fondos discrecionales bajo el Título I de WIOA (en lugar de distribuir los fondos a otro recipiente) el Gobernador también es un recipiente. “Recipiente” incluye, pero no se limita a: Agencias a nivel Estatal que administren, o sean financiadas en todo o en parte con fondos bajo WIOA; Agencias de la Fuerza Laboral Estatales; Juntas de Desarrollo de la Fuerza Laboral Estatales y Locales; Agencias Locales de Desarrollo Laboral recipientes de subvenciones; Operadores de Centros de Gestión Única y sus socios; Proveedores de servicios, incluyendo proveedores de adiestramiento elegibles; Empleadores de Adiestramiento en el Empleo “OJT”; Contratistas de Job-Corps y operadores de centros; Contratistas de adiestramiento nacional Job Corps; Agencias de alcance y admisiones Job Corps, incluyendo contratistas de Job Corps que lleven a cabo dichas funciones; Agencias de colocación , incluyendo contratistas de Job Corps que lleven a cabo dichas funciones y otros Programas Nacionales que operen con fondos otorgados bajo esta Ley (29 CFR 38.4, (zz).
Acceda aquí el formulario Discrimination Complain Form (EEO)
Creada como medida de acción para responder con rapidez y eficacia ante eventos de cesantías, cierres de operaciones y desastres naturales. Para asegurar el cumplimiento de las actividades de Respuesta Rápida dirigidas a los trabajadores desplazados. Es una unidad proactiva, enfocada en las empresas y sus trabajadores, con un diseño flexible que le permite cumplir con los propósitos primordiales como:
La Unidad Estatal para Trabajadores Desplazados y Patronos impacta de forma positiva y eficaz los dos sectores que se ven afectados ante el evento de un cierre o una cesantía masiva, que son los trabajadores y el patrono.
Las actividades de Respuesta Rápida tienen el propósito de aunar los esfuerzos de todos los socios medulares y opcionales bajo WIOA, para planificar, organizar, desarrollar y facilitar servicios que ayuden al trabajador a evitar o minimizar el impacto de la cesantía y que el proceso de transición se lleve a cabo de la forma más sosegadamente posible.
El Título I de la Ley de Oportunidades y de Innovación de la Fuerza Laboral (WIOA) autoriza servicios para adultos, trabajadores desplazados y jóvenes.
Los adultos elegibles para recibir servicios deben tener 18 años o más.
Los trabajadores desplazados son individuos que han sido despedidos de su último empleo y tienen pocas posibilidades de regresar a su industria u ocupación anterior. Adicional es posible que las personas que trabajen por cuenta propia, el esposo(a) de un miembro de las fuerzas armadas que se encuentre en servicio activo y las amas de casa desplazadas también pueden calificar para recibir estos servicios.
Los servicios de empleo para adultos y trabajadores desplazados, tales como adiestramiento, educación y otros servicios se proporcionan a través de los Centros de Gestión Única de las Áreas Locales.
Los Centros de Gestión Única utilizan una diversidad de estrategias para brindar los servicios apropiados y satisfacer las necesidades de sus clientes:
Lista de Proveedores de Adiestramiento:
¡Conoce tu Área Local más cercana! Selecciona tu municipio para saber cuál Área Local te corresponde para brindarte servicio y apoyo en el desarrollo laboral.
Ser patrocinador:
Cada patrocinador(sponsor) de Aprendizaje Registrado establece los requisitos mínimos con los que debe cumplir un aprendiz para participar de su programa.
REQUISITOS PARA ACTIVIDADES DE ADIESTRAMIENTO DE BASE EN EL TRABAJO (WBT)
PROCEDIMIENTO DE LA DETERMINACIÓN DE VIOLACIONES Y LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES DE WIOA
FONDO DE PREVENCIÓN DE CESANTIAS COVID-19
GUÍA DE ASISTENCIA TÉCNICA DE LOS ELEMENTOS DEL PROGRAMA DE JÓVENES
SELECCIÓN DE PROVEEDORES DE SERVICIOS ELEGIBLES DE SERVICIOS DE JÓVENES
TAA DEFINICIÓN DEL ÁREA DE DESPLAZAMIENTO
POLÍTICA DE ASIGNACIÓN DE COSTOS DE NÓMINA
RESOLUCIÓN NÚM. 01-2020 EMPLEOS TEMPOREROS
POLÍTICA PÚBLICA DDEC WIOA-RR-02-20
PROCEDIMIENTO DESIGNACIÓN SUBSIGUIENTE Y REDESIGNACIÓN ÁREAS LOCALES
EXPERIENCIA DE TRABAJO BAJO PROGRAMA DE ADULTOS, TD Y JOVENES - WIOA-PP-04-2023
POLITICA PÚBLICA SOBRE DIVERSIDAD, EQUIDAD, INCLUSION Y ACCESIBILIDAD (DEIA)
La Junta Estatal de Desarrollo Laboral se crea en virtud de la Ley WIOA con el fin de asesorar al gobernador(a) en la construcción de un sistema de desarrollo de la fuerza laboral alineado con las políticas estatales de educación y los objetivos de desarrollo económico. Es responsable de asistir al gobernador(a) con las funciones asignadas por WIOA en:
El/la Gobernador/a ha designado la Junta Estatal de Desarrollo Laboral compuesta con mayoría de representantes de negocios, e incluye además organizaciones laborales, instituciones educativas y organizaciones comunitarias.
Composición Comités de Trabajo Junta Estatal
Todas las reuniones de la Junta Estatal son abiertas al público, al igual que sus minutas.
787-758-4747, X. 25619
El Programa de Desarrollo de la Juventud (PDJ) tiene la misión de implementar la política pública de juventud establecida por el Gobierno de Puerto Rico. Dicho programa va dirigido a jóvenes puertorriqueños entre las edades de 13 a 29 años y se enfoca en servir como un portador de recursos educativos, que además de enriquecerlos en conocimiento, experiencia y fortaleza personal, fomenta un espíritu emprendedor, la participación de una política pública y una cultura de innovación.
El PDJ impulsa el desarrollo socioeconómico, teniendo como norte el bienestar general de la juventud. Esto es posible gracias a la creación de nuevas oportunidades para jóvenes locales, apuntando a la reactivación económica y transformación de Puerto Rico.
Vamos encaminados hacia el crecimiento en todos sus ámbitos, capitalizando en la formación de estos jóvenes y combatiendo fenómenos sociales como la fuga de talento y la deserción escolar. PDJ se enfoca en:
Con el fin de impactar a jóvenes de diversas instituciones académicas públicas y privadas en Puerto Rico, el Programa de Desarrollo de la Juventud creó esta gran iniciativa. Mediante talleres educativos, establecidos a través de toda la Isla en los niveles intermedio y superior, se pretende fomentar un estilo de vida emprendedor y sentido de liderazgo en estos jóvenes, que prometen un brillante futuro.
El Programa de Desarrollo de la Juventud, dentro de su política pública, ha establecido la importancia de que los jóvenes aprovechen las experiencias en tecnología, innovación, idiomas y empresarismo, para que tengan su visión puesta en oportunidades de vanguardia y las posibilidades de ser parte de la nueva generación de empresarios, ante los retos de un mundo globalizado que cambia constantemente. Con esta finalidad, impulsamos las siguientes iniciativas:
Incentivo para Jóvenes Empresarios Ley 60-2019
Sección 2100.01 del Código de Incentivos para Jóvenes Empresarios.
Son elegibles los jóvenes dueños de negocios entre los 16 y 36 años de edad.
Beneficios:
La primera experiencia de empleo en la carrera estudiada siempre nos llena de gran emoción. Por tal razón, el Programa de Desarrollo de la Juventud, brinda esta primera oportunidad, que consiste en 950 horas o 9 meses de empleo a jóvenes entre las edades de 18 a 29 años, que cursan su último grado técnico, vocacional, grado asociado, bachillerato, maestría o doctorado. Deben tener 2.0 o más de promedio, estar próximo a graduarse (que le falte un año o menos) o ser recién graduado (que no haya pasado un año luego de su graduación).
¿Qué deseamos lograr con esto? Contribuir a su formación profesional y abrirle puertas al mundo laboral, y a su vez, aportar al desarrollo socioeconómico de nuestra Isla de manera innovadora.
Todo participante elegible, deberá radicar los documentos requeridos electrónicamente, crear una cuenta con nombre de usuario y contraseña, a través de https://pdj.pr.gov/experienciadetrabajo/CreateAccount.aspx
Documentos Requeridos:
¿Estás listo para participar? Inscríbete. Si tienes cuenta existente con nosotros, accede a https://pdj.pr.gov/experienciadetrabajo/login.aspx?ReturnUrl=/experienciadetrabajo/Default.aspx
Para más información sobre juvempleo, escríbenos a juventud@ddec.pr.gov
Las empresas que deseen participar como patrono de Juvempleo, deberán contar con personal especializado para brindar una capacitación completa al joven participante que realiza su primera experiencia laboral en el área de especialidad. Además de poder ofrecer una oportunidad de colocación de empleo.
Beneficios:
Documentos requeridos a patronos:
Para información sobre los beneficios del Programa de Empleo, escríbenos a juventud@ddec.pr.gov.
¿Estás listo para participar? Inscríbete
Si tienes cuenta existente con nosotros, accede a Programa de Desarrollo de la Juventud (pr.gov)
Conforme con la Ley Núm. 171 del 2 de octubre de2021, se crea el Programa Desarrollo de la Juventud (PDJ), adscrito al Departamento Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) que tiene como propósito entre otros el promover el desarrollo social, educativo y empresarial ofreciendo incentivos, ayuda económica, becas para premiar y reconocer a la juventud de Puerto Rico mediante la otorgación de las Becas Teodoro Moscoso.
El PDJ administrará dos (2) Programa de Becas Teodoro Moscoso destinadas a impulsar la continuidad de estudios técnicos y/o vocacionales y de difícil reclutamiento o necesidades económicas para incrementar fuerza laboral en las respectivas concentraciones académicas. Maximizando nuestro esfuerzo en proporcionar ayuda a jóvenes de 18 a 29 años que buscan un título o certificación en áreas vocacionales, universitarias y tecnológicas.
Los programas de becas son una estrategia para combatir lo que se ha convertido en la mayor vulnerabilidad de la industria tecnológica: la escasez de mano de obra, la fuga de talento y la deserción escolar.
El Programa de Becas Teodoro Moscoso otorgará dos (2) categorías de Becas:
1. Beca para estudios vocacionales y/o técnicos de hasta$10,000 a razón de $5,000 por dos (2) años de estudios por participante en una Institución Académica debidamente acreditada.
2. Beca para estudios universitario o tecnológico para carreras de difícil reclutamiento en Puerto Rico o de necesidad económica de hasta un máximo de $40,000 a razón de $10,000 por cuatro (4) años de estudios por participante en una Institución Académica debidamente acreditada.
Requisitos generales de participación para ambas categorías son:
1. Estar entre las edades de 18 a 29 años
2. Ciudadano americano y/o residente de Puerto Rico
3. Asistirá una entrevista formal ante el Comité Evaluador
4. Deseo de continuar sus estudios post secundarios conducentes a estudios vocacionales, tecnológicos o estudios universitario en grado de bachillerato, maestría o doctorado.
Requisitos específicos por categoría:
Categoría para estudios universitarios de difícil reclutamiento
Requisitos de radicación:
Documentación requerida para radicar solicitud:
Se esmera en brindar una experiencia de trabajo a jóvenes en el área de servicio público. Esta iniciativa se trabaja en conjunto con la Oficina del Gobernador o Gobernadora, y cualifican estudiantes de 18 a 29 años que hayan cursado al menos un semestre universitario. Para más información puedes escribir a juventud@ddec.pr.gov
El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) y su Programa de Desarrollo de la Juventud, cumpliendo con el mandato de la Ley 22 del 20 de mayo de 1987 y para fomentar los principios morales y sociales que caracterizan a nuestro pueblo, convoca a la nominación para honrar el valor, la disposición para ayudar al necesitado y el servicio a la comunidad de jóvenes de 13 a 29 años con el galardón de la Medalla de la Juventud Puertorriqueña.
El Programa de Desarrollo de la Juventud, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC, en virtud de la Ley Núm. 434 del 22 de septiembre de 2004 abre la convocatoria para nominar a las entidades sin fines de lucro y organizaciones juveniles al "Premio Compromiso Juvenil". Con el propósito de incentivar y reconocer los servicios prestados a nuestra juventud durante el año natural 2022.
¿Quiénes somos?
El área de Desarrollo de Negocios es una división del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, (DDEC) quien es la agencia responsable de establecer la visión y política pública de desarrollo económico para el Gobierno de Puerto Rico.
¿Qué hacemos?
El área de Desarrollo de Negocios administra el Fondo de Incentivos Económicos (FIE), establecido en la Ley 60-2019, conocido como el Código de Incentivos de Puerto Rico (CIPR), y concede incentivos a las empresas e industrias de acuerdo con el impacto económico de sus proyectos, creación de empleos y el retorno de inversión, entre otros.
¿Qué es el Código de Incentivos de Puerto Rico (CIPR)? - Ley 60-2019
El CIPR contempla todos los incentivos contributivos de Puerto Rico; incluyendo el del área Emprendimiento y Desarrollo de Negocios del DDEC, que busca promover el crecimiento económico, la competitividad, la exportación e inversión extranjera, fomentando la creación de empleos competitivos para el talento local.
Descargar:
El incentivo básico por creación de empleos y localización se otorgará a las empresas dependiendo de su localización geográfica y la cantidad de empleos creados. Conoce más.
Creación de Empleos
Elegibilidad
Incentivos a Concederse
El incentivo básico por empleos será otorgado tomando en consideración:
Cumplimiento de Creación y Retención de Empleos
Incumplimiento
Proyectos que sean de importancia para la economía de Puerto Rico, pudieran cualificar para incentivos irrespectivamente de su ubicación geográfica, cantidad de la inversión a realizarse o el número de empleos a crearse. También cualifican los que el Secretario, determine altamente meritorios.
Requisitos
Incentivos a Concederse
Se incentivarán proyectos que requieran el desarrollo de instalaciones de infraestructura y mejoras a edificios del DDEC y/o entidades adscritas. Cualificaran aquellos proyectos que, aunque no generen empleos adicionales, sean necesarios para retener los empleos existentes.
Requisitos
Incentivos a Concederse
Utilizaciones Elegibles
Dirigido a empresas establecidas, o por establecerse, en las islas municipios de Vieques y Culebra, con el propósito de ayudar con los gastos de transportación de materia prima o producto terminado transportados desde Puerto Rico.
Requisitos
Incentivos a Concederse
Utilizaciones Elegibles
Transportación marítima, terrestre y aérea, de materia prima o producto terminado desde de Puerto Rico hasta las Islas Municipios
Cualifican empresas puertorriqueñas de manufactura de muebles y productos relacionados, o ropa y productos análogos.
Requisitos
Muebles
Ropa
Cantidad a Concederse
Utilizaciones Elegibles
Requisitos
IMPORTANTE:
Utilizaciones Elegibles
Publicidad
Promoción
Investigación de Mercados
Cantidad a Concederse
IMPORTANTE:
El incentivo de mercadeo al exterior pudiera solicitarse nuevamente si se demuestra que se incursionó en nuevos mercados en el exterior o se incrementaron las ventas de exportación.
El Incentivo Especial de Mercadeo de Productos y Servicios Local tienen el propósito de desarrollar la empresa local tanto en Puerto Rico como en los mercados del exterior.
Requisitos
IMPORTANTE:
Utilizaciones Elegibles
Cantidad a Concederse
El Incentivo Especial de Transporte al Exterior (IETE), tiene el propósito de estimular el crecimiento de las exportaciones de pequeñas y medianas empresas que ya exporten o planifiquen exportar sus productos manufacturados en Puerto Rico.
Requisitos
IMPORTANTE:
Utilizaciones Elegibles
Cantidad a Concederse
IMPORTANTE:
Dirigido a Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) que invierten en innovación apoyada en gestiones de investigación y desarrollo, con ventas brutas menores de tres millones de dólares ($3,000,000.00). El fin es que obtengan el capital para iniciar sus operaciones y comercializar sus invenciones en ciencia y tecnología a nivel internacional.
Requisitos
IMPORTANTE:
Pre-requisitos
Documentos Requeridos
Cantidad a Concederse
Utilizaciones Elegibles
Actividades No Elegibles
Requisitos
Utilizaciones Elegibles
Utilizaciones Elegibles
Requisitos
Cantidad a Concederse
Utilizaciones Elegibles
Requisitos
Cantidad a Concederse
Incentivo para el Prrgrama de Juvempleo
Requisitos
Cantidad a Concederse
Utilizaciones Elegibles
Incentivo para el Programa de Energía Verde
Requisitos
Cantidad a Concederse
Utilizaciones Elegibles
Requisitos
Cantidad a Concederse
Utilizaciones Elegibles
Puerto Rico goza de un largo legado en la fabricación de dispositivos médicos y farmacéuticos. Los productos biológicos también son un segmento creciente del sector de ciencias vivas en la Isla.
En InvestPR encontrarás más información relacionada al tema de las biociencias.
Puerto Rico también se ha convertido en un importante centro de biotecnología agrícola. Muchas compañías de semillas han encontrado que la Isla es un terreno fértil para la I+D con nuestro clima tropical, suministro constante de agua, facilidad de comercio con los EE. UU., atractivos incentivos y talento de ciencias agrícolas de alta calidad.
La fuerza laboral de Puerto Rico tiene un vasto conocimiento en Good Manufacturing Practices (GMP), Food and Drug Administration (FDA) y otras regulaciones globales, mientras que el sistema universitario de la Isla genera un flujo constante de nuevos talentos:
Puerto Rico alberga varias plantas de fabricación de dispositivos médicos, instrumentos quirúrgicos y médicos, productos oftálmicos, equipos y suministros dentales, productos de ortodoncia, dentaduras postizas, y aparatos de laboratorio y muebles. Medtronic, Abbott Medical Optics y Coopervision, se encuentran entre las principales empresas internacionales de equipos y suministros médicos que han encontrado que Puerto Rico es un lugar rentable para la fabricación.
Con cinco décadas de fabricación de dispositivos médicos y productos farmacéuticos, Puerto Rico tiene una fuerza laboral altamente experimentada con conocimientos en Good Manufacturing Practice (GMP), Food and Drug Administration (FDA) y otras regulaciones globales.
Puerto Rico es uno de los centros de fabricación biofarmacéutica más importantes del mundo, con más de cincuenta (50) años de experiencia en fabricación farmacéutica y más de treinta (30) años en la farmacéutica estéril. Puerto Rico es el hogar de las principales compañías farmacéuticas multinacionales y muchas compañías operan en más de una planta en la Isla.
En Puerto Rico se fabrican dos docenas (24) de productos farmacéuticos de diferentes tipos como:
Posee una fuerza laboral competitiva y con experiencia, con cinco décadas de fabricación farmacéutica y conocimientos en Good Manufacturing Practice (GMP), Food and Drug Administration (FDA) y otras regulaciones globales.
Puerto Rico se ha convertido en un imán para algunas de las principales compañías de aviación y aeroespaciales del mundo. Con una larga historia de experiencia en fabricación y una sólida cartera de talentos de ingeniería, la Isla ha atraído inversiones multimillonarias y empresas importantes durante los últimos años.
Puerto Rico está bien posicionado para capturar una gran parte de la actividad en investigación, innovación, ingeniería, servicio y producción relacionados con el sector aeroespacial. Más allá de nuestros incentivos industriales y programas de impuestos federales, la Isla también le ofrece a la industria aeroespacial estos beneficios:
Los cultivos del futuro se desarrollan en Puerto Rico con investigaciones continuas con maíz, soja, sorgo, girasol, algodón, entre otros desde 1983. Éste es uno de los sectores de más rápido crecimiento de nuestra economía y Puerto Rico ofrece muchas ventajas, entre ellas:
Al ofrecer una poderosa combinación de mano de obra calificada, asequible e incentivos fiscales agresivos, Puerto Rico es un lugar ideal para la fabricación de prendas de vestir.
La industria de indumentaria militar, calzado y accesorios de Puerto Rico ha seguido creciendo constantemente en los últimos diez (10) años. Dado que la Enmienda Berry estipula que todas las compras del Departamento de Defensa deben originarse en un territorio estadounidense, Puerto Rico es un destino atractivo para los contratos de indumentaria militar de los EE. UU.
Las nuevas innovaciones en la industria de la confección están ocurriendo a un ritmo que nunca se había visto debido a la investigación y el desarrollo con el uso de la nanotecnología. Para el Departamento de Defensa, se están desarrollando «textiles inteligentes» en Puerto Rico que permiten integrar sistemas complejos en uniformes militares de combate de manera discreta, como armaduras corporales mejoradas, equipo resistente al fuego y nuevas fibras que detienen el crecimiento de bacterias para limitar la infección en los soldados heridos.
Grandes compañías han identificado a Puerto Rico como el lugar ideal para establecer sus filiales. Las tasas impositivas favorables, los programas de incentivos, la infraestructura y una fuerza laboral altamente calificada, como ingenieros y otros trabajadores altamente técnicos, facilitan el establecimiento de empresas de fabricación electrónica. La Universidad Politécnica de Puerto Rico y los campus de la Universidad de Puerto Rico, Bayamón y Mayagüez, brindan educación relacionada con la Ingeniería de Computación y Tecnología de Ingeniería Electrónica